El fin del Impuesto País
A partir del lunes 23 de diciembre, el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (País), que implicaba un 30% de recargo sobre los consumos realizados en divisa extranjera, dejará de estar vigente, según lo dispuesto por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca).
En su lugar, continuará aplicándose un régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, también con una alícuota del 30%. Este régimen será válido para operaciones como la compra de moneda extranjera.
Compras con tarjeta: qué pasa con las realizadas antes del 23 de diciembre
Tras el anuncio de la eliminación del Impuesto País, surgieron dudas respecto a las compras realizadas con tarjetas de crédito y débito en los días previos a su finalización:
- Tarjetas de crédito: Si la compra en dólares se efectuó antes del 23 de diciembre y el vencimiento del resumen es posterior a esa fecha, no se aplicará el Impuesto País.
- Tarjetas de débito: Para operaciones realizadas a partir de la hora 0 del 23 de diciembre, el tributo no deberá aplicarse. Si el banco o la tarjeta lo cobra, los usuarios podrán reclamar el reintegro.
En ambos casos, el valor del dólar utilizado será el oficial y se sumará únicamente la percepción del 30% correspondiente a ganancias y bienes personales.
Operaciones alcanzadas por el nuevo régimen
Aunque el Impuesto País desaparece, el nuevo régimen de percepción mantendrá el 30% de recargo en ciertas operaciones relacionadas con la compra de divisas y servicios en el exterior. Estas son las principales:
- Compra de billetes y divisas extranjeras para atesoramiento o sin un destino específico.
- Pagos con tarjeta (crédito, débito o medios equivalentes) para bienes y servicios en el exterior, incluyendo compras por portales virtuales.
- Adquisición de servicios internacionales como paquetes turísticos y alojamiento a través de agencias nacionales.
- Compra de pasajes internacionales por transporte terrestre, aéreo o acuático.